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Guía práctica

Suplantación de identidad o perfiles falsos

Alguien está utilizando su nombre, su imagen o sus datos para hacerse pasar por usted. Conviene actuar en tres frentes a la vez: retirada del contenido, denuncia penal y supresión de sus datos.

Recuerde ratificar su denuncia en 72 horas

La denuncia presentada en la Oficina Virtual de Denuncias de la Policía Nacional no produce efecto jurídico alguno mientras no la firme presencialmente en la comisaría que haya elegido, dentro de las 72 horas siguientes. Si dispone de certificado digital, DNIe o Cl@ve, la sede electrónica de la Guardia Civil evita este trámite.

Comunique la operación a su banco hoy mismo

El deber de devolución del artículo 45 del Real Decreto-ley 19/2018 se activa con su comunicación. Hágala por un canal que deje constancia escrita y exija el número de registro de la reclamación.

¿Es su caso?

  • Perfil falso en redes sociales con su nombre y sus fotografías
  • Contratos, préstamos o líneas telefónicas abiertos a su nombre
  • Correos enviados desde una dirección que imita la suya
  • Uso de su nombre profesional o de su clínica para captar clientes

Ante quién se denuncia

Esta es la ruta habitual. El orden importa: algunas vías tienen plazos que empiezan a correr con su primera comunicación, y otras exigen haber agotado un paso previo. El asistente la ajusta a su caso concreto —comunidad autónoma, tipo de entidad responsable, si dispone de certificado digital— y puede cambiarla por completo.

1

Plataforma o prestador del servicio afectado

La retirada del perfil o del contenido suplantador es la medida más rápida para detener el daño.

Sin plazo legal, pero conviene hacerlo de inmediato y guardar el número de caso.

Cómo se presenta: Formulario de reporte de la propia plataforma (suplantación, contenido ilícito, cuenta comprometida).

  • Guarde el número de caso o acuse que le devuelva la plataforma: acredita la diligencia empleada y la fecha de conocimiento de los hechos.
  • Reportar a la plataforma NO sustituye a la denuncia: la retirada del contenido no persigue al autor.
2

Policía Nacional — Oficina Virtual de Denuncias

Empiece por aquí

La usurpación del estado civil de otra persona está tipificada en el artículo 401 del Código Penal y, cuando persigue un beneficio patrimonial, concurre además con la estafa de los artículos 248 y 249.

Ratificación presencial obligatoria dentro de las 72 horas siguientes a la presentación en línea.

Cómo se presenta: Oficina Virtual de Denuncias. No exige certificado digital. Abrir sede oficial ↗

  • ATENCIÓN: la denuncia presentada por este canal debe ratificarse firmándola presencialmente en la comisaría elegida dentro de las 72 horas siguientes. Si no se ratifica, no produce efecto jurídico alguno.
  • Lleve a la comisaría el justificante, su documento de identidad y las pruebas impresas o en soporte digital.
3

Comisaría de Policía Nacional o puesto de la Guardia Civil

Alternativa presencial: evita el trámite de ratificación.

Cómo se presenta: Presencialmente, en cualquier dependencia policial, sin cita previa. Abrir sede oficial ↗

  • Lleve este escrito impreso y firmado por duplicado: uno se queda la dependencia y el otro, sellado, es su justificante.
  • Lleve también las pruebas en un soporte (USB o impresas) y su documento de identidad.
4

Juzgado de Instrucción en funciones de Guardia

Vía judicial directa prevista en los artículos 259 y siguientes de la Ley de Enjuiciamiento Criminal.

Cómo se presenta: Presentación presencial en el Decanato de los Juzgados del partido judicial correspondiente. Abrir sede oficial ↗

  • Vía alternativa a la policial, prevista en los artículos 259 y siguientes de la Ley de Enjuiciamiento Criminal.
  • Recomendable cuando urge solicitar diligencias de aseguramiento de prueba (por ejemplo, la conservación de registros de conexión) o cuando la denuncia se presenta a través de procurador y abogado.
5

Servicio de Atención al Cliente de la entidad bancaria

El proveedor de servicios de pago debe devolver el importe de una operación no autorizada de inmediato y, a más tardar, al final del día hábil siguiente al de su comunicación (artículo 45 del Real Decreto-ley 19/2018).

Comuníquelo sin demora. El plazo máximo para notificar una operación no autorizada es de 13 meses desde el cargo.

Cómo se presenta: Formulario o correo del Servicio de Atención al Cliente de la entidad. Exija número de registro de la reclamación.

  • Comunique la operación no autorizada SIN DEMORA. El artículo 45 del Real Decreto-ley 19/2018 obliga al proveedor de servicios de pago a devolver el importe de inmediato y, a más tardar, al final del día hábil siguiente a aquel en que se le notificó.
  • El plazo máximo para notificar una operación no autorizada es de 13 meses desde el cargo. Pasado ese plazo, decae la reclamación.
  • Solicite por escrito el certificado de la operación con fecha, hora, importe, IBAN de destino y canal utilizado: es prueba clave para la denuncia penal.
6

Agencia Española de Protección de Datos (AEPD)

Puede reclamar ante la autoridad de control la supresión de sus datos personales usados sin base legítima (artículo 17 del Reglamento General de Protección de Datos).

Cómo se presenta: Sede electrónica de la AEPD (requiere certificado digital, DNIe o Cl@ve). También cabe la presentación en cualquier registro público. Abrir sede oficial ↗

Domicilio: C/ Jorge Juan, 6 — 28001 Madrid

  • La Agencia dispone de un plazo máximo de tres meses para decidir sobre la admisión a trámite de la reclamación.
  • Conviene acompañar copia del requerimiento previo dirigido al responsable y de la respuesta recibida, si la hubo.

Apoyo disponible (no reciben denuncias)

INCIBE — Línea de Ayuda en Ciberseguridad 017

Orientación gratuita y confidencial sobre qué hacer a continuación.

Teléfono 017, WhatsApp 900 116 117 y Telegram @INCIBE017. Gratuito y confidencial, todos los días del año.

Normativa que se cita en el escrito

  • Artículo 401 del Código Penal, sobre la usurpación del estado civil de otro.
  • Artículo 248 y 249 del Código Penal, cuando la suplantación se emplee para obtener un beneficio patrimonial.
  • Artículo 197 del Código Penal, cuando para suplantarle se hayan obtenido o difundido datos personales reservados.
  • Artículo 17 del Reglamento General de Protección de Datos, sobre el derecho de supresión.
  • Artículo 18.1 de la Constitución Española y Ley Orgánica 1/1982, sobre la protección civil del derecho al honor, a la intimidad personal y familiar y a la propia imagen.

Qué pruebas conservar, y cómo

Hágalo antes de nada: los rastros digitales se sobrescriben solos. Esta lista va de lo específico de su caso a lo que vale para cualquier incidente.

  1. Capture el perfil o la cuenta antes de que desaparezcaDirección completa del perfil, nombre de usuario, identificador numérico si es visible, fotografía y fecha de creación. Si lo retiran, sin esta captura no queda rastro.
  2. Guarde el número de caso de la plataformaEl acuse del reporte acredita cuándo pidió la retirada y qué respondieron. Es determinante si después reclama ante la autoridad de control.
  3. Solicite el contrato o el expediente abierto a su nombreSi contrataron a su nombre, pida por escrito a la entidad copia del contrato y de la documentación de identificación empleada: revelará el documento falsificado.
  4. Consulte sus ficheros de solvenciaEjercite el derecho de acceso ante ASNEF y BADEXCUG para comprobar si hay deudas a su nombre derivadas de la suplantación.
  5. No borre ni «limpie» nadaNo elimine correos, conversaciones, perfiles ni archivos, aunque resulten desagradables. Tampoco reinstale equipos. Todo ello es prueba y su desaparición juega en su contra.
  6. Capture con fecha, hora y contexto visibleLas capturas de pantalla deben mostrar la dirección completa (URL), el remitente, la fecha y la hora del dispositivo. Una captura recortada sin contexto tiene escaso valor probatorio.
  7. Calcule el hash de cada archivo que entregueUn hash SHA-256 acredita que el archivo no se ha modificado desde que lo obtuvo. En Windows: «certutil -hashfile ARCHIVO SHA256». En macOS o Linux: «shasum -a 256 ARCHIVO». Anote el resultado en el propio escrito.
  8. Entregue copia, nunca el originalAporte una copia en un soporte que pueda dejar en la dependencia policial o judicial (un USB barato). Conserve usted el original intacto.
  9. Anote la cronología mientras la recuerdeFecha y hora de cada hecho, de cada llamada y de cada gestión, con el nombre de quien le atendió y el número de referencia que le dieron. Esta bitácora es, a efectos prácticos, prueba.
  10. Valore el sellado de tiempo o el acta notarialSi el contenido puede desaparecer (una publicación, un perfil, una web), un acta notarial o un servicio de sellado de tiempo cualificado fija su existencia en una fecha concreta. Es la forma más sólida de evitar la discusión sobre la autenticidad.

Preguntas frecuentes

¿Retiro primero el perfil falso o denuncio?

Las dos cosas, y en este orden: capture la prueba, repórtelo a la plataforma para detener el daño y denuncie. Si el perfil desaparece sin que haya capturado su dirección y su identificador, se queda sin prueba.

Han contratado a mi nombre. ¿Tengo que pagar?

No reconozca la deuda. Solicite por escrito a la entidad copia del contrato y de la documentación de identificación empleada, denuncie los hechos y aporte la denuncia a la entidad y a los ficheros de solvencia.

¿Es delito crear un perfil falso con mi nombre?

Puede constituir usurpación del estado civil del artículo 401 del Código Penal cuando hay una suplantación con cierta permanencia y arrogándose los derechos de la persona suplantada, y concurrir con la estafa si persigue un beneficio económico.

Genere su escrito ahora

El asistente ajusta el destinatario a su comunidad autónoma y a su caso, y le deja el documento con la estructura que exige la ley y los huecos señalados.

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Aviso. Esta guía es información general orientativa y no constituye asesoramiento jurídico. Verifique siempre el destinatario y el plazo en la sede electrónica oficial antes de presentar su escrito. Aviso legal completo.